EQUIVALENCIA DE LAS MONEDAS DE DIVERSOS PAISES CON EL DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, CORRESPONDIENTE AL MES DE ENERO DE 2012.
Con fundamento en el artículo 20 del Código Fiscal de la Federación y en los artículos 8o. y 10o. de su Reglamento Interior, el Banco de México da a conocer para efectos fiscales, la cotización de las monedas de diversos países contra el dólar de los EE.UU.A., observada en los mercados internacionales.
La equivalencia de las monedas de países distintos a los contenidos en esta publicación con el dólar de los Estados Unidos de América para efectos fiscales, podrá solicitarse por escrito dirigido a la Gerencia de Autorizaciones, Consultas y Control de Legalidad del Banco de México y entregarse en el domicilio ubicado en Gante número 20, Colonia Centro, Código Postal 06059, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, Distrito Federal, la cual será dada a conocer por el Banco de México en la publicación del Diario Oficial de la Federación del mes inmediato siguiente a aquel en que se reciba la solicitud por parte de los interesados.
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MONEDA |
EQUIVALENCIA |
1) Los nombres utilizados no necesariamente coinciden con los nombres oficiales y se listan sin perjuicio del reconocimiento que en su caso se les otorgue como país independiente.
2) El tipo de cambio está expresado en dólares por mil unidades domésticas.
3) Los países que utilizan al Euro como moneda son: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Malta, Portugal y Países Bajos.
4) A partir del 2008 el Bolívar fue sustituido por el Bolívar Fuerte. Para cotizaciones anteriores al 2008 el tipo de cambio está expresado en dólares por mil unidades domésticas. En Venezuela existe un sistema cambiario con múltiples tipos de cambio.
México, D.F. a 3 de febrero del 2012.- BANCO DE MEXICO: El Director General Jurídico, Héctor Reynaldo Tinoco Jaramillo.- Rúbrica.- El Gerente de Operaciones Internacionales, Gerardo Israel García López.- Rúbrica.