REYNOSA ASOCIACION DE AGENTES ADUANALES DE REYNOSA, A.C.
"Una Asociación con Visión"
Cd. Reynosa, Tamaulipas a 17 de Octubre de 2007
Circular No.: G660/2007 Asunto: Descuentos en la compra - venta de mercancías de comercio exterior, no integran el valor en aduana de las mismas. Oficios: 326-SAT-I-39801 de fecha: 08/10/2007
1
Por medio de la presente, hacemos de su conocimiento la Circular CAAAREM T-229/2007, relacionada con el oficio número 326-SAT-I-39801, de fecha 8 de octubre de 2007, emitido por el Lic. Carlos Hernando Ramírez Escoto, Administrador de Operación Aduanera, en virtud del cual ratifican el criterio de que para la determinación del valor en aduana de las mercancías, no se deberán considerar los descuentos que se pacten en la compra – venta de las mercancías de comercio exterior, en consideración al hecho de que dicho valor, conforme al artículo 64 de la Ley Aduanera vigente, corresponde al pago total que por las mercancías importadas haya efectuado o vaya a efectuar el importador de manera directa o indirecta al vendedor o en beneficio de éste, y si al momento de efectuar la compra – venta se pacta un descuento sobre los productos, ese descuento no debe formar parte del valor en aduana de las mercancías.
Sin más por el momento, quedo de ustedes.
ATENTAMENTE
A.A. C.P. JUAN A. BARRERA HINOJOSA PRESIDENTE RUBRICA