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Cd. Reynosa, Tamaulipas a 28 de Enero del 2021
Circular No.: G032/2021
Asunto: Preguntas Frecuentes: "Captura en VUCEM de solicitudes de Avisos, Permisos de Importación, y Permisos de Importación con Regla Octava" (Boletín: B. SNICE 002/2021).

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En relación a nuestra Circular AAARAC número G031/2021 de fecha 27 de enero del presente año, referente al Boletín: B. SNICE 002/2021; nos permitimos hacer de su conocimiento que la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior, publicó una serie de Preguntas Frecuentes, dentro de las cuales se destacan:

1. ¿A partir de cuándo es efectivo lo establecido en el Boletín? A partir de la publicación del Boletín B. SNICE 002/2021, en las solicitudes de permisos y avisos de importación y Regla Octava ingresadas a través de la VUCEM, se deberá capturar en el apartado de “Descripción”, la fracción arancelaria a 8 dígitos e indicar el Número de Identificación Comercial (NICO).

2. Existe alguna sanción en caso de no cumplir con lo establecido en el boletín: La omisión del NICO en el apartado de “descripción” no amerita una sanción, toda vez que la regulación es aplicable a nivel fracción arancelaria (8 dígitos). La declaración del NICO facilita la identificación de las mercancías, y a su vez, brinda información estadística de comercio exterior.

4. Las solicitudes que se encuentran en proceso de resolución, y que no declaran el NICO ¿serán rechazados por la Secretaría de Economía? ¿Es necesario volver a solicitarlos? La omisión del NICO en el apartado de “descripción” no es causal de rechazo, por lo que no es necesario ingresar la solicitud nuevamente.

5. ¿La autoridad aduanera podrá exigir la declaración del NICO en los permisos y avisos autorizados? Toda vez que la regulación aplica a nivel fracción arancelaria (8 dígitos), la omisión del NICO no invalida las autorizaciones otorgadas.


7. ¿Aplica a todos los permisos y avisos de importación? ¿incluyendo calzado, textil y confección? Lo establecido en el Boletín B. SNICE 002/2021 aplica para todos los permisos y avisos de importación y de Regla Octava, emitidos por la Secretaría de Economía.



Para pronta referencia se adjunta archivo.

BOLETINNICOFQ-BOLETIN-NICO-FQ_20210128-20210128.pdf






Sin otro particular, reciban un cordial saludo.
ATENTAMENTE


LIC. ANEL CASTILLA PONCE
DEPTO. JURÍDICO
RUBRICA